EDILES INTEGRANTES 

COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTACIÓN
Presidente DANIEL SÁNCHEZ PÉREZ
Secretario VALERIA LÓPEZ LUEVANOS
Vocal LESLI DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ
Vocal JUAN GILBERTO ARREDONDO GARCÍA
Vocal GENARO HERNÁNDEZ JIMÉNEZ

 

Las comisiones son órganos compuestos por miembros del Ayuntamiento y tienen por objeto el estudio, análisis y dictamen sobre asuntos que se les encomienden o sobre un ramo administrativo especializado.

 

Facultades y Obligaciones:

 

Conforme a lo establecido en el Artículo 39 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento de Matamoros, Coahuila de Zaragoza, sus atribuciones son:

 

a) Evaluar el desempeño del titular de la Secretaria del Republicano Ayuntamiento y conocer los temas relativos a la gobernabilidad del municipio, que sean sometidos a su consideración.

b) Estudiar, analizar y dictaminar los proyectos de iniciativa para modificar, derogar, abrogar o crear reglamentos municipales.

c) Analizar por cuenta propia cada tres meses los reglamentos y bandos del municipio que requieren ser corregidos, modificados, actualizados o armonizados de acuerdo a las necesidades de cada caso; presentando el dictamen o estudio correspondiente y, en su caso, aprobación.

d) Realizar los trabajos necesarios para asegurar que el municipio cuente con los reglamentos mínimos que establece el Código Municipal.

e) Cuando así lo considere y resulte procedente conforme a derecho, solicitar al Cabildo la creación de comités o comisiones interinstitucionales, donde se garantice la participación ciudadana para apoyar en los trabajos encaminados a crear o modificar un reglamento determinado.

f) Revisar que la reglamentación municipal cumpla con lo establecido en los artículos 175 y 176 del Código municipal, procediendo a realizar las observaciones pertinentes cuando resulte necesario.

g) Estudiar, analizar y dictaminar las iniciativas de Leyes y decretos que el Ayuntamiento, a través del Presidente Municipal, presente ante el Congreso del Estado.

h) Estudiar, analizar y dictaminar los asuntos en materia municipal que el Congreso del Estado remita su opinión.

 

Conforme a lo establecido en el artículo 113 Bis-1 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, sus facultades y obligaciones, son:

 

I.- Estudiar, analizar y dictaminar los proyectos de iniciativa para modificar, derogar, abrogar o crear reglamentos municipales.

II.- Analizar por cuenta propia cada dos meses los reglamentos y bandos del municipio que requieren ser corregidos, modificados, actualizados o armonizados de acuerdo a las necesidades de cada caso; presentando el dictamen o estudio correspondiente al cabildo para su conocimiento y, en su caso, aprobación.

III.- Realizar los trabajos necesarios para asegurar que el municipio cuente con los reglamentos mínimos que establece el presente Código, sin menoscabo de las características de población y problemas de cada ayuntamiento, en cuyo caso se determinarán los reglamentos que son prioritarios.

IV.- Cuando así lo considere y resulte procedente conforme a derecho, solicitar al cabildo la creación de comités o comisiones interinstitucionales, donde se garantice la participación ciudadana para apoyar en los trabajos encaminados a crear o modificar un reglamento determinado.

V.- Recabar la opinión ciudadana sobre los reglamentos municipales mediante mecanismos de consulta aprobados por el cabildo en los términos de la legislación aplicable. y:

VI.- Revisar que la reglamentación municipal cumpla con lo establecido en los artículos 175 y 176 del citado Código, procediendo a realizar las observaciones pertinentes cuando resulte necesario.

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